Miércoles, 12 de agosto de 2026BOE núm. 197 · 134 publicaciones · 20 explicadas · días anteriores
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Cultura permite subir la compensación a Correos por las tarjetas del Bono Cultural Joven

Cultura modifica la orden que seleccionó a la entidad colaboradora (Correos) para gestionar los medios de pago del Bono Cultural Joven. Se adapta al nuevo real decreto del programa y se permite subir las cuantías si se prorroga el convenio. Afecta sobre todo a la entidad colaboradora y a la gestión del programa.

Lo que tienes que saber

Importe
5.600.000 euros
Compensación económica inicial para 2024-2027

Puntos clave

  1. Las tarjetas prepago pasan a regirse por el Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo.
  2. La compensación inicial es de 5.600.000 euros; con prórroga podrá llegar a 8.880.000 euros.
  3. La parte fija de 375.000 euros podrá subir hasta 970.000 euros si hay prórroga.
  4. La parte variable es de 6,15 euros por beneficiario en la convocatoria de 2026, con tope de 400.000 personas.
  5. La orden entra en vigor el día de su publicación en el BOE.

Importes

5.600.000 euros

Compensación económica inicial para 2024-2027

La compensación económica inicial de 5.600.000 euros prevista en el anexo I para las anualidades de 2024, 2025, 2026 y 2027
8.880.000,00 euros

Cuantía máxima de la compensación si se prorroga el convenio

podrá incrementarse hasta una cuantía máxima de 8.880.000,00 euros
375.000 euros

Parte fija por implantación y desarrollo del sistema

Una parte fija de 375.000 euros
970.000 euros

Parte fija máxima si se prorroga el encargo

podrá ascender hasta 970.000 euros
5 euros

Importe por persona beneficiaria en las convocatorias 2024 y 2025

un importe de 5 euros por persona beneficiaria para las convocatorias 2024 y 2025
6,15 euros

Importe por persona beneficiaria en la convocatoria de 2026

de 6,15 euros por persona beneficiaria para la convocatoria de 2026
195.000 euros

Límite máximo de la parte variable para refuerzo de atención

con un límite máximo de 195.000 euros para todas las convocatorias
255.000 euros

Límite máximo para desarrollos y adaptaciones del sistema

con un límite máximo de 255.000 euros

Entrada en vigor

El mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.