Jueves, 3 de septiembre de 2026BOE núm. 218 · 150 publicaciones · 38 explicadas · días anteriores
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4,5 millones para que 14 ayuntamientos de Doñana apoyen la inclusión social y laboral

El Estado concede directamente 4.500.000 euros a los catorce ayuntamientos del área de influencia de Doñana. El dinero financia proyectos piloto de inclusión social y laboral de personas vulnerables, como las temporeras agrícolas extranjeras. Cada ayuntamiento debe pedir la ayuda y firmar un convenio con el Ministerio.

Qué tienes que hacer

Los catorce ayuntamientos deben presentar la solicitud (anexo II) con la descripción del proyecto, el presupuesto y la declaración responsable en el registro electrónico del Ministerio, y firmar después el convenio.

Plazo
10 días hábiles
Presentación de la solicitud por los ayuntamientos, contada desde la entrada en vigor del real decreto
Importe
4.500.000 euros
Importe total de las subvenciones

Puntos clave

  1. Total de 4.500.000 euros repartidos entre 14 ayuntamientos; Sanlúcar de Barrameda recibe 600.000 euros, la mayor cantidad.
  2. Los proyectos deben incluir un sistema de triaje social y un plan de actuación individual para cada persona atendida.
  3. Solicitud en 10 días hábiles desde la entrada en vigor; convenios firmados antes del 30 de noviembre de 2026.
  4. Los proyectos se ejecutan hasta el 30 de septiembre de 2028 y se justifican en tres meses con informe de auditor.
  5. Pago anticipado y único tras firmar el convenio; si se cumple menos del 65 %, hay que devolver todo.

Importes

4.500.000 euros

Importe total de las subvenciones

cuatro millones quinientos mil euros (4.500.000 euros)
600.000 euros

Subvención a Sanlúcar de Barrameda

Sanlúcar de Barrameda. 600.000
400.000 euros

Subvención a Almonte y a Moguer (cada uno)

Almonte. 400.000 Moguer. 400.000
230.000 euros

Subvención a Bonares y a Hinojos (cada uno)

Bonares. 230.000 Hinojos. 230.000

Plazos

Presentación de la solicitud por los ayuntamientos, contada desde la entrada en vigor del real decreto

en el plazo de 10 días hábiles desde el día de la entrada en vigor del presente real decreto
30 nov 2026

Fecha límite para formalizar los convenios

deberán de formalizarse antes del 30 de noviembre de 2026
30 sep 2028

Fin del plazo de ejecución de los proyectos

El plazo de ejecución de los proyectos objeto de las subvenciones será hasta el 30 de septiembre de 2028

Justificación de la subvención, contada desde el fin del plazo de ejecución

en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución

Entrada en vigor

El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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