Vivienda dará subvenciones directas a administraciones, CASA 47 y universidades catalanas
Este real decreto permite al Ministerio de Vivienda dar subvenciones sin convocatoria pública a varias administraciones, a CASA 47 y a cuatro universidades catalanas. El dinero va a realojos en la Cañada Real, vivienda de alquiler asequible, rehabilitación en Éibar, un congreso y una cátedra de estudios de vivienda.
Qué tienes que hacer
Las entidades beneficiarias deben presentar por vía electrónica una declaración responsable y la acreditación de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social antes de cobrar. Después deben justificar el gasto.
Puntos clave
- Subvención máxima de 8.375.000,00 euros a la Comunidad de Madrid para realojar a familias de la Cañada Real.
- Alquiler asequible o social: Área Metropolitana de Barcelona, Ayuntamiento de Barcelona y Diputación de Sevilla.
- Éibar recibe hasta 3.000.000,00 euros para rehabilitar el barrio de Murrategi; CASA 47, hasta 3.560.630,00 euros para viviendas en Ceuta.
- Las viviendas de alquiler se adjudicarán mediante registros de demandantes de vivienda u otro procedimiento objetivo y público.
- Se pagará en un solo pago anticipado, y habrá que justificar el gasto y devolver el dinero si se incumple.
Importes
Comunidad de Madrid (realojos Cañada Real)
será de 8.375.000,00 euros
Área Metropolitana de Barcelona
será de 5.399.120,00 euros
Ayuntamiento de Barcelona (promoción de viviendas)
será de 15.777.360,00 euros
Diputación de Sevilla
será de 4.000.000,00 euros
Ayuntamiento de Éibar
será de 3.000.000,00 euros
CASA 47 Entidad Pública Empresarial
será de 3.560.630,00 euros
Ayuntamiento de Barcelona (HOUSSING SUMMIT 2026)
será de 250.000,00 euros
Cuatro universidades de Barcelona y Cataluña (Cátedra de Estudios de Vivienda)
será de 50.000,00 euros, correspondiendo a cada una de ellas un importe máximo de 12.500,00 euros
Plazos
Plazo máximo para resolver y notificar la concesión cuando no hay convenio; si no se notifica, se entiende desestimada
que finalizará el 1 de diciembre de 2026
Formalizar la adenda o convenio con CASA 47 antes de esta fecha
deberá formalizarse con anterioridad al 1 de diciembre de 2026
Justificar la subvención tras terminar las actuaciones
El plazo de presentación de esta justificación será de tres meses desde la finalización de las actuaciones.
Plazo máximo de ejecución de las actuaciones de Madrid, Barcelona, Sevilla, Éibar y CASA 47, prorrogable hasta tres años más
será igual o inferior a seis años
Entrada en vigor
El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»