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Oposiciones · Convocatoria · Estatal
Convocado el concurso 325 para cubrir 61 Registros vacantes, salvo en Cataluña
Se convoca el concurso ordinario n.º 325 para que registradoras y registradores ya en el cuerpo pidan plazas en Registros vacantes de toda España, salvo Cataluña. Las solicitudes se presentan solo por medios electrónicos en un plazo de quince días naturales.
Qué tienes que hacer
Quien sea registrador o registradora y quiera una de las plazas debe presentar una única solicitud por vía electrónica, indicando el orden de preferencia si pide más de un Registro.
Plazo
Quince días naturales
Presentación de solicitudes, desde el día siguiente a la publicación de las convocatorias en el BOE y en el Diario Oficial de la Generalitat (o del último de ellos)
Puntos clave
- Se ofrecen las vacantes de toda España, salvo Cataluña, que tiene su propia convocatoria simultánea.
- Las solicitudes se presentan por medios electrónicos en la sede del Ministerio o en el registro electrónico de la Generalitat.
- Plazo: quince días naturales desde el día siguiente a la publicación de las convocatorias.
- Si se presentan varias solicitudes, solo vale la primera; no se puede desistir ni modificar.
- La solicitud es única y se indica el orden de preferencia de los Registros pedidos.
Plazos
Presentación de solicitudes, desde el día siguiente a la publicación de las convocatorias en el BOE y en el Diario Oficial de la Generalitat (o del último de ellos)
quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las Resoluciones de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña»
Recurso contencioso-administrativo contra la resolución
en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado»
Recurso potestativo de reposición ante el Ministerio
en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.