Jueves, 17 de septiembre de 2026BOE núm. 230 · 171 publicaciones · 41 explicadas · días anteriores
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7,3 millones en subvenciones directas para inversiones en el Campo de Gibraltar

El Estado concede de forma directa una subvención máxima de 7.300.000 euros a la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar. El dinero financia obras en agua, residuos, digitalización y equipamientos municipales de ocho municipios de la comarca.

Qué tienes que hacer

La Mancomunidad debe firmar los convenios de concesión, acreditar sus requisitos antes de la firma y del pago, y justificar el gasto con una cuenta justificativa.

Plazo
Quince días hábiles
Plazo para corregir incumplimientos tras el requerimiento del órgano concedente
Importe
7.300.000 euros
Subvención máxima total a la Mancomunidad

Puntos clave

  1. Beneficiaria única: la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar.
  2. Subvención máxima de 7.300.000 euros, repartida entre ocho municipios.
  3. Se destina a ciclo del agua, residuos urbanos, digitalización y equipamientos municipales.
  4. Las inversiones deben ejecutarse antes de que acabe 2027.
  5. Se firmarán convenios con el Ministerio de Hacienda, la Mancomunidad y los ayuntamientos; se permiten pagos anticipados.

Importes

7.300.000 euros

Subvención máxima total a la Mancomunidad

será de 7.300.000 euros
2.031.000,00 euros

Algeciras

Algeciras. 2.031.000,00
1.610.000,00 euros

La Línea de la Concepción

La Línea de la Concepción. 1.610.000,00
1.277.000,00 euros

San Roque

San Roque. 1.277.000,00
670.000,00 euros

Los Barrios

Los Barrios. 670.000,00
660.000,00 euros

Tarifa

Tarifa. 660.000,00
435.000,00 euros

Jimena de la Frontera

Jimena de la Frontera. 435.000,00
367.000,00 euros

Castellar de la Frontera

Castellar de la Frontera. 367.000,00
250.000,00 euros

San Martín del Tesorillo

San Martín del Tesorillo. 250.000,00

Plazos

31 dic 2027

Ejecución de las inversiones subvencionadas

Las inversiones a subvencionar deberán ejecutarse antes de finalizar el ejercicio 2027.
1 abr 2028

Justificación de las subvenciones mediante cuenta justificativa (antes de esa fecha)

se efectuará antes del 1 de abril de 2028

Plazo para corregir incumplimientos tras el requerimiento del órgano concedente

en un plazo no superior a quince días hábiles

Entrada en vigor

El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
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