Jueves, 17 de septiembre de 2026BOE núm. 230 · 171 publicaciones · 41 explicadas · días anteriores
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Aprobados de la oposición a Científicos Superiores de la Defensa: lista y documentos a presentar

Defensa publica la lista de aspirantes que han aprobado la oposición de acceso libre a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa, por áreas y por puntuación. Quienes aparecen en la lista tienen veinte días hábiles para entregar sus documentos al INTA. Algunas plazas quedadas desiertas se pasan a otras áreas.

A quién afecta:Opositor/aFuncionario/a

Qué tienes que hacer

Los aspirantes aprobados deben presentar en un registro oficial, dirigido al INTA, copia del DNI (o autorización), copia del título (o autorización), declaración jurada o promesa y certificado médico de capacidad funcional.

Plazo
Veinte días hábiles
Presentar la documentación los aspirantes aprobados, contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE

Puntos clave

  1. Lista de aprobados por área de especialización y orden de puntuación (anexo I), con un aprobado por el cupo de discapacidad.
  2. Plazas desiertas del cupo de militares profesionales se acumulan al cupo general.
  3. Tres plazas desiertas de Antidrone pasan a Sistemas Espaciales, que queda con ocho plazas.
  4. Hay que presentar DNI, título, declaración jurada de no separación del servicio y certificado médico.
  5. Quien no entregue la documentación a tiempo no podrá ser nombrado funcionario.

Plazos

Presentar la documentación los aspirantes aprobados, contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE

un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado»

Recurso de reposición (potestativo), desde el día siguiente a la publicación

en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación

Recurso contencioso-administrativo, desde el día siguiente a la publicación

en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.