Lunes, 28 de septiembre de 2026BOE núm. 239 · 323 publicaciones · 53 explicadas · días anteriores
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Subvención a ayuntamientos para gastos de las oficinas de justicia, según su población

Se publica el acuerdo del Consejo de Ministros que fija cuánto reciben los ayuntamientos por los gastos de funcionamiento de las oficinas de justicia en los municipios. La cuantía anual depende de la población. Se aplica a ayuntamientos de Illes Balears, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Región de Murcia.

A quién afecta:Administración

Lo que tienes que saber

Importe
310 €
Municipios de 1 a 499 habitantes (cuantía anual)

Puntos clave

  1. La cuantía anual va de 310 € (1 a 499 habitantes) a 2.340 € (7.000 o más).
  2. Los municipios de una Agrupación de Secretarías cobran el 50 % de lo que les corresponde.
  3. El otro 50 % se suma a lo que recibe el municipio sede de la Agrupación.
  4. Se aplica a Illes Balears, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Región de Murcia.
  5. No se aplica a las comunidades con competencias de justicia traspasadas, como Cataluña, Andalucía o Madrid.

Importes

310 €

Municipios de 1 a 499 habitantes (cuantía anual)

De 1 a 499. 310
578 €

Municipios de 500 a 999 habitantes (cuantía anual)

De 500 a 999. 578
1.100 €

Municipios de 1.000 a 2.999 habitantes (cuantía anual)

De 1.000 a 2.999. 1.100
1.606 €

Municipios de 3.000 a 4.999 habitantes (cuantía anual)

De 3.000 a 4.999. 1.606
2.010 €

Municipios de 5.000 a 6.999 habitantes (cuantía anual)

De 5.000 a 6.999. 2.010
2.340 €

Municipios de 7.000 o más habitantes (cuantía anual)

De 7.000 o más. 2.340
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