Jueves, 1 de octubre de 2026BOE núm. 243 · 200 publicaciones · 42 explicadas · días anteriores
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Concurso de traslados para jueces: plazas en tribunales de instancia de toda España

El Consejo General del Poder Judicial abre un concurso para cubrir plazas de juez/a en secciones civiles y de instrucción de tribunales de instancia de varias comunidades. Pueden participar miembros de la Carrera Judicial con categoría de juez/a que cumplan las bases. Las plazas se adjudican por el mejor puesto en el escalafón (orden de antigüedad).

A quién afecta:Funcionario/aJurista

Qué tienes que hacer

Quien quiera participar debe presentar la solicitud por vía telemática en la extranet del portal del CGPJ (www.poderjudicial.es), alegando y acreditando los méritos que desee hacer valer. Contra el acuerdo cabe recurso de alzada ante el Pleno del CGPJ en un mes.

Plazo
Quince días naturales
Presentación de solicitudes: quince días naturales desde el día siguiente al de la publicación en el BOE

Puntos clave

  1. Las solicitudes se presentan en 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOE.
  2. La solicitud solo se admite por vía telemática, en la extranet del portal del CGPJ, con acuse de recibo.
  3. Las plazas se dan al solicitante con mejor puesto en el escalafón; otros méritos hay que alegarlos y acreditarlos.
  4. No pueden concursar, entre otros, quienes obtuvieron su primer destino hace menos de un año.
  5. Se permite condicionar las peticiones de dos jueces por convivencia familiar.

Plazos

Presentación de solicitudes: quince días naturales desde el día siguiente al de la publicación en el BOE

Las solicitudes de destino se presentarán en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado»

Recurso de alzada ante el Pleno del CGPJ: un mes desde el día siguiente a la publicación en el BOE

podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.