Miércoles, 7 de octubre de 2026BOE núm. 249 · 196 publicaciones · 48 explicadas · días anteriores
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Se convoca una plaza de magistrado/a de la Sala Primera del Tribunal Supremo

El Consejo General del Poder Judicial anuncia una plaza de nueva creación de magistrado o magistrada de la Sala Primera (civil) del Tribunal Supremo, por turno general. Pueden optar magistrados en activo con larga carrera judicial. El nombramiento se hará por Real Decreto.

A quién afecta:JuristaFuncionario/a

Qué tienes que hacer

Quien cumpla los requisitos debe presentar la solicitud por vía telemática en la extranet del portal del CGPJ (www.poderjudicial.es), con la documentación y la memoria de méritos exigidas, hasta obtener el acuse de recibo.

Plazo
Veinte días naturales
Presentación de solicitudes, contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOE

Puntos clave

  1. Plaza de nombramiento discrecional y de nueva creación en la Sala Primera del Tribunal Supremo.
  2. Requisito: 10 años como magistrado/a y 20 en la Carrera Judicial, en servicio activo o servicios especiales.
  3. Solicitud solo telemática, en la extranet del CGPJ, en 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación.
  4. Habrá una comparecencia pública por videoconferencia de 10 minutos como máximo.
  5. La Comisión de Calificación propondrá una terna al Pleno y el nombramiento será por Real Decreto.

Plazos

Presentación de solicitudes, contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOE

en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado»

Recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, desde el día siguiente a la publicación

en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

Recurso potestativo de reposición ante el Pleno, desde el día siguiente a la notificación

en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución

Retirada de la documentación por quienes no sean nombrados

dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada
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