Miércoles, 7 de octubre de 2026BOE núm. 249 · 196 publicaciones · 48 explicadas · días anteriores
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Convocada una plaza de magistrado en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo

El Consejo General del Poder Judicial abre el concurso para cubrir una plaza de nueva creación de Magistrado o Magistrada de la Sala Cuarta (social) del Tribunal Supremo, por turno general. Pueden presentarse magistrados con larga carrera judicial. El nombramiento será por real decreto.

A quién afecta:JuristaFuncionario/a

Qué tienes que hacer

Quien cumpla los requisitos debe presentar su solicitud por vía telemática en la extranet del portal del CGPJ (www.poderjudicial.es), rellenando el formulario y adjuntando la documentación hasta obtener el acuse de recibo electrónico.

Plazo
Veinte días naturales
Presentación de solicitudes, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE

Puntos clave

  1. Plaza de nombramiento discrecional y de nueva creación en la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
  2. Pueden optar magistrados en servicio activo o servicios especiales con 10 años como magistrado y 20 en la Carrera Judicial.
  3. Hace falta haber servido en un órgano colegiado del orden jurisdiccional correspondiente o que conozca de esas materias.
  4. Las solicitudes se presentan por vía telemática en la extranet del CGPJ, con memoria de resoluciones y méritos.
  5. Habrá comparecencia por videoconferencia de 10 minutos como máximo, en audiencia pública.

Plazos

Presentación de solicitudes, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE

en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado»

Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo

en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

Recurso de reposición potestativo ante el Pleno

en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución

Retirada de la documentación por quienes no sean nombrados

dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada
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