# Nuevos requisitos de seguridad para desmantelar instalaciones nucleares

> El Consejo de Seguridad Nuclear fija los criterios de seguridad nuclear y protección radiológica que deben cumplirse al pedir y ejecutar el desmantelamiento de una instalación nuclear. También define qué debe incluir el Informe radiológico final para declarar la clausura. Afecta sobre todo a ENRESA, que es la titular de los desmantelamientos.

- Fuente oficial: [Instrucción IS-49, de 14 de septiembre de 2026, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre criterios y requisitos de seguridad nuclear y protección radiológica para el desmantelamiento de las instalaciones nucleares.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20917) (BOE-A-2026-20917, BOE núm. 250 de jueves, 8 de octubre de 2026)
- Tipo: Otro · Sección: Normas nuevas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Empresa, Administración, Jurista
- Temas: Energía, Medio ambiente, Defensa e interior

## Qué tienes que hacer

Los titulares de autorizaciones de desmantelamiento deben aplicar estos criterios en sus solicitudes, en la ejecución de los trabajos y en el Informe radiológico final. Pueden pedir al CSN exenciones o medidas equivalentes de forma razonada.

## Puntos clave

- El titular debe mantener la seguridad nuclear y la protección radiológica durante todo el desmantelamiento.
- El Plan de desmantelamiento debe incluir estrategia, plazos, residuos, personal y metodología del informe final.
- Hace falta personal con diploma o licencia del CSN en las actividades de riesgo radiológico.
- El Informe radiológico final debe acompañar la solicitud de clausura o de liberación de parte del emplazamiento.
- No afecta a las autorizaciones de desmantelamiento concedidas antes de su publicación.

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/08/d/BOE-A-2026-20917). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
