# Gestamp aporta servicios para la Fiesta Nacional de España en Pekín

> La Embajada de España en China y la empresa Gestamp firman un convenio para que esta colabore en la Fiesta Nacional del 9 de octubre de 2026 en Pekín. Gestamp aporta servicios o suministros en especie y la Embajada difunde su participación. No supone coste para la Embajada.

- Fuente oficial: [Resolución de 1 de octubre de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en la República Popular de China y Gestamp (China) Holding Co., Ltd., para la celebración de la Fiesta Nacional de España.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21058) (BOE-A-2026-21058, BOE núm. 251 de viernes, 9 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Extranjero (China)
- A quién afecta: Empresa, Administración
- Temas: Internacional, Administración
- Plazo principal: 9 oct (es hoy): Fecha prevista de la Fiesta Nacional de España en Pekín

## Puntos clave

- Gestamp contrata por su cuenta suministros o servicios para la fiesta, valorados en 15.000 yuanes (RMB).
- La Embajada agradecerá la aportación y podrá incluir el logotipo de la empresa en materiales y web.
- La Embajada emitirá a Gestamp un certificado de la aportación en un máximo de treinta días desde su realización.
- Una comisión de seguimiento con un representante de cada parte vigilará el convenio.
- Vigencia de un año desde su publicación en el BOE, sin prórroga.

## Plazos

- **Plazo máximo para que la Embajada entregue a Gestamp el certificado de la aportación, contado desde su realización**. Texto del BOE: «en el plazo máximo de treinta (30) días a contar de su realización»
- **Fecha prevista de la Fiesta Nacional de España en Pekín** (9 de octubre de 2026). Texto del BOE: «el próximo 9 de octubre de 2026»

## Importes

- **15.000 RMB (yuanes chinos)**: Valor estimado de la aportación en especie de Gestamp. Texto del BOE: «por valor estimado de quince mil yuanes chinos (15.000 RMB)»

## Entrada en vigor

«Solo resulta eficaz y entra en vigor una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicado en el BOE, con vigencia de un año desde su publicación, sin prórroga.»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/09/d/BOE-A-2026-21058). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
