Viernes, 9 de octubre de 2026BOE núm. 251 · 237 publicaciones · 105 explicadas · días anteriores
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Un registro no puede negar la gráfica de una finca por una oposición vaga de un vecino

La Dirección General estima el recurso de una propietaria de una finca rústica en Chiva. El registrador había denegado inscribir su representación gráfica por la oposición de un colindante. La Dirección General considera que esa oposición era difusa, no estaba respaldada por informe técnico ni coordenadas, y no justifica denegar la inscripción.

A quién afecta:JuristaAgricultor/a

Lo que tienes que saber

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se estima el recurso de la propietaria y se revoca la nota de calificación del registrador de Chiva n.º 2.
  2. La mera oposición de un colindante no basta para denegar; el registrador debe motivar sus dudas con criterios objetivos.
  3. El colindante no aportó informe técnico ni coordenadas que concretaran la invasión alegada.
  4. El resultado de un expediente catastral no vincula al Registro de la Propiedad.
  5. Los conflictos reales entre colindantes corresponden a los tribunales; cabe recurso en el Juzgado de lo Civil.

Plazos

Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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