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Registradores · Resolución · Chiva (Valencia)
Un registro no puede negar la gráfica de una finca por una oposición vaga de un vecino
La Dirección General estima el recurso de una propietaria de una finca rústica en Chiva. El registrador había denegado inscribir su representación gráfica por la oposición de un colindante. La Dirección General considera que esa oposición era difusa, no estaba respaldada por informe técnico ni coordenadas, y no justifica denegar la inscripción.
Lo que tienes que saber
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
Puntos clave
- Se estima el recurso de la propietaria y se revoca la nota de calificación del registrador de Chiva n.º 2.
- La mera oposición de un colindante no basta para denegar; el registrador debe motivar sus dudas con criterios objetivos.
- El colindante no aportó informe técnico ni coordenadas que concretaran la invasión alegada.
- El resultado de un expediente catastral no vincula al Registro de la Propiedad.
- Los conflictos reales entre colindantes corresponden a los tribunales; cabe recurso en el Juzgado de lo Civil.
Plazos
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.