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Nuevo modelo oficial para dar representación ante el Catastro en trámites tributarios

El Catastro aprueba un modelo normalizado para que una persona actúe en nombre de otra en sus procedimientos tributarios. Amplía los trámites en los que se puede usar el modelo de 2020, al que sustituye. Afecta a propietarios, asesores y gestores que tramitan asuntos catastrales.

Qué tienes que hacer

Quien quiera que otra persona actúe por él ante el Catastro puede usar este modelo, acompañándolo de la documentación que corresponda en cada caso.

Puntos clave

  1. Modelo válido ante la Dirección General del Catastro y sus Gerencias Regionales y Territoriales.
  2. Sirve para declaraciones, solicitudes, inspección, valoración, recurso de reposición y rectificación de errores.
  3. También vale para acceder a expedientes ya concluidos de esos procedimientos.
  4. Su texto no se puede modificar, pero se puede acreditar la representación por otro medio válido en Derecho.
  5. Deroga la Resolución de 10 de septiembre de 2020 y vale también en la Sede Electrónica del Catastro.

Entrada en vigor

A partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.