# Aragón y Trabajo prorrogan cuatro años el registro electrónico de empresas de construcción

> El Ministerio de Trabajo y la Comunidad Autónoma de Aragón prorrogan cuatro años más su convenio para gestionar por medios electrónicos el registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción. El contenido y los compromisos no cambian.

- Fuente oficial: [Resolución de 29 de septiembre de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda para la prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21148) (BOE-A-2026-21148, BOE núm. 252 de sábado, 10 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Aragón (Aragón)
- A quién afecta: Empresa, Administración
- Temas: Administración, Empleo, Economía y empresa
- Plazo principal: Cinco días hábiles: Inscripción de la adenda en el REOICO, desde su formalización

## Puntos clave

- Se prorroga cuatro años el convenio firmado en noviembre de 2022.
- Los compromisos de las partes siguen igual que en el convenio original.
- La adenda (documento que amplía el convenio) será eficaz al inscribirse en el REOICO en cinco días hábiles desde su formalización.
- Debe publicarse en el BOE en diez días hábiles desde su formalización.
- Los litigios los verá la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia.

## Plazos

- **Inscripción de la adenda en el REOICO, desde su formalización**. Texto del BOE: «en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO)»
- **Publicación de la adenda en el BOE, desde su formalización**. Texto del BOE: «será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado»»

## Entrada en vigor

«Esta adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO).»

---
Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/10/d/BOE-A-2026-21148). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
