Sábado, 10 de octubre de 2026BOE núm. 252 · 363 publicaciones · 57 explicadas · días anteriores
← Portada Convenios · Convenio · Asturias

Trabajo y Asturias renuevan el convenio de registro electrónico de convenios colectivos y planes de igualdad

El Ministerio de Trabajo y el Principado de Asturias firman un convenio para que Asturias siga usando las aplicaciones electrónicas del Ministerio. Sirven para registrar convenios colectivos, planes de igualdad, estatutos de sindicatos y patronales, y empresas de trabajo temporal. No supone coste económico para ninguna de las partes.

Lo que tienes que saber

Plazo
Quince días
Plazo para dar de alta al usuario administrador desde la recepción de la solicitud

Puntos clave

  1. Asturias usa las aplicaciones del Ministerio para sus registros y depósitos laborales.
  2. Se agrupan en un solo texto tres convenios anteriores con contenido casi idéntico.
  3. Hay tres perfiles de acceso: autoridad laboral, usuario con certificado digital y usuario sin certificado.
  4. No hay contraprestación económica ni gasto para el Ministerio.
  5. Una Comisión de Seguimiento de seis miembros vigilará el cumplimiento.

Plazos

Vigencia del convenio, con posible prórroga expresa de hasta cuatro años, desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación

El convenio tendrá una vigencia de cuatro años desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación

Plazo para dar de alta al usuario administrador desde la recepción de la solicitud

El acceso deberá facilitarse dentro de los quince días siguientes a la recepción de la solicitud.

Plazo para subsanar un incumplimiento denunciado

La parte incumplidora deberá, en un plazo de treinta días hábiles, subsanar el incumplimiento denunciado o justificar debidamente el incumplimiento.

Entrada en vigor

Vigencia de cuatro años desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.