# El Instituto Geográfico Nacional y la Universidad de Salamanca acuerdan prácticas para estudiantes

> Se publica el convenio firmado el 2 de septiembre de 2026 entre el Instituto Geográfico Nacional (IGN) y la Universidad de Salamanca. Permite que estudiantes de la universidad hagan prácticas externas y Trabajos de Fin de Grado o Máster en el IGN, sin remuneración y sin gasto económico para las partes.

- Fuente oficial: [Resolución de 4 de septiembre de 2026, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21211) (BOE-A-2026-21211, BOE núm. 253 de lunes, 12 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Salamanca (Salamanca) (Castilla y León)
- A quién afecta: Estudiante, Administración
- Temas: Educación, Administración
- Plazo principal: Cinco días: Plazo para responder a la solicitud de publicar resultados de las prácticas; el silencio equivale a autorización

## Puntos clave

- Las prácticas son curriculares, externas y no remuneradas; no crean relación laboral
- El IGN puede ofrecer plazas con la periodicidad y cantidad que desee
- La Universidad se encarga de la Seguridad Social y los seguros de los estudiantes
- Las prácticas no cuentan como mérito ni antigüedad para acceder a la función pública
- Vigencia de cuatro años, prorrogable por otros cuatro mediante acuerdo expreso

## Plazos

- **Duración del convenio, prorrogable por igual periodo con adenda formalizada un mes antes de su fin**. Texto del BOE: «El convenio tendrá una vigencia de cuatro años y podrá prorrogarse antes de su término mediante acuerdo expreso entre las partes por igual periodo»
- **Preaviso para que estudiante o IGN den por finalizadas las prácticas antes de lo previsto**. Texto del BOE: «deberá existir un preaviso de al menos siete días»
- **Plazo para responder a la solicitud de publicar resultados de las prácticas; el silencio equivale a autorización**. Texto del BOE: «quien deberá responder en un plazo máximo de cuarenta y cinco días»

## Entrada en vigor

«Produce efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, según el artículo 48.8 de la Ley 40/2015»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/12/d/BOE-A-2026-21211). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
