Lunes, 12 de octubre de 2026BOE núm. 253 · 85 publicaciones · 71 explicadas · días anteriores
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Autorizan baterías de 21,56 MW junto al parque solar de Mulhacén Solar en Esquivias

La Dirección General de Política Energética y Minas concede a Mulhacén Solar, SLU la autorización administrativa previa para un módulo de baterías de 21,56 MW. Se une a su parque fotovoltaico de 70 MW en Esquivias (Toledo). Es un paso previo: faltan la autorización de construcción y otros permisos.

A quién afecta:Empresa

Qué tienes que hacer

El promotor debe pedir la autorización de construcción y justificar, antes de tres meses, si las condiciones ambientales reducen la potencia autorizada. Si no lo hace, la autorización caduca.

Plazo
Un mes
Plazo para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía

Puntos clave

  1. Módulo de baterías de ion-litio de 21,56 MW que hibrida el parque fotovoltaico Mulhacén Solar de 70 MW
  2. Potencia conjunta con el parque, según el artículo 5 del Real Decreto 997/2025: 91,56 MW
  3. Evacuación por líneas subterráneas de 30 kV hasta la subestación Numancia 4; el resto se tramita en otro expediente
  4. Debe cumplir las condiciones del informe de impacto ambiental de 3 de junio de 2026
  5. Contra la resolución cabe recurso de alzada en un mes

Plazos

Plazo para solicitar la autorización de construcción y justificar si las condiciones reducen la potencia instalada; si no, caduca la autorización (se pueden pedir prórrogas)

antes de transcurridos tres meses, el promotor deberá justificar si los condicionados impuestos en la IIA y en la presente resolución suponen o no una reducción de la potencia instalada autorizada

Plazo para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía

puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución
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