# Resolución: SEPIDES crea su registro electrónico para presentar escritos y solicitudes

> SEPIDES, E.P.E. crea un registro electrónico propio para recibir y enviar solicitudes, escritos y comunicaciones por internet. Su uso es voluntario, salvo para quienes la ley obliga a relacionarse electrónicamente con la Administración. Se accede en https://reg.redsara.es.

- Fuente oficial: [Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, E.P.E., por la que se crea y regula el registro electrónico de la entidad.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21252) (BOE-A-2026-21252, BOE núm. 254 de martes, 13 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Normas nuevas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Empresa, Cualquier persona, Administración
- Temas: Administración, Tecnología y telecomunicaciones

## Qué tienes que hacer

Quien quiera presentar escritos, recursos, reclamaciones o quejas ante SEPIDES puede hacerlo por este registro electrónico, usando los formularios normalizados y una firma electrónica admitida.

## Puntos clave

- El registro es único para todos los órganos de SEPIDES y funciona en https://reg.redsara.es.
- Presentar documentos por esta vía es voluntario, salvo para los sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015.
- Admite escritos, recursos de reposición, reclamaciones, reclamaciones patrimoniales y quejas y sugerencias.
- No sirve para solicitar subvenciones o ayudas de SEPIDES ni financiación con plataforma propia.
- Funciona todos los días del año, 24 horas, salvo interrupciones técnicas que se avisarán.

## Entrada en vigor

«A partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/13/d/BOE-A-2026-21252). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
