Martes, 13 de octubre de 2026BOE núm. 254 · 233 publicaciones · 64 explicadas · días anteriores
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Energía autoriza a Naturgy una batería de 19,8 MW junto al parque solar de Tabernas

La Dirección General de Política Energética y Minas concede a Naturgy Renovables las autorizaciones previa y de construcción para un sistema de baterías de ion-litio. Se une al parque fotovoltaico existente «Tabernas II», en Tabernas (Almería). Afecta sobre todo a la empresa promotora y al sistema eléctrico.

A quién afecta:Empresa

Qué tienes que hacer

El promotor debe cumplir las condiciones del anexo y comunicar la terminación de las obras. Puede pedir la extensión del plazo para la autorización de explotación en un plazo no superior a tres meses desde esta autorización. Quien quiera recurrir puede presentar recurso de alzada en un mes.

Plazo
Un mes
Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

Puntos clave

  1. Batería «BESS Tabernas II» de 19,8 MW, unida al parque solar de 48,8 MW
  2. Almacenará 46,656 MWh en nueve contenedores de baterías de ion-litio
  3. Evacuará por una línea subterránea de 30 kV hasta la subestación Miralles, que se amplía
  4. No hace falta declaración de impacto ambiental, según la resolución, por quedar fuera de la Ley 21/2013
  5. Cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en un mes

Plazos

Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca

Plazo para la autorización de explotación: el menor entre veinticuatro meses desde la notificación y el que resulte del Real Decreto-ley 23/2020

el plazo de veinticuatro meses contado a partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente resolución

Solicitud de extensión del plazo del hito del Real Decreto-ley 23/2020, desde la autorización de construcción

El promotor podrá solicitar, en un plazo no superior a tres meses desde la obtención de la presente autorización administrativa de construcción

Límite máximo para disponer de la autorización de explotación

en ningún caso el plazo total para disponer de la autorización administrativa de explotación superará los ocho años
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.