Miércoles, 14 de octubre de 2026BOE núm. 255 · 269 publicaciones · 108 explicadas · días anteriores
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La Abogacía del Estado dará asistencia jurídica a la AIReF por 23.000 € al año

Se publica el convenio por el que la Abogacía General del Estado asesora, representa y defiende ante los tribunales a la AIReF, el organismo que vigila las cuentas públicas. Dura dos años, prorrogables otros dos, y sustituye al convenio anterior.

A quién afecta:AdministraciónJurista

Lo que tienes que saber

Plazo
Cinco días hábiles
Inscripción del convenio en el Registro Electrónico estatal desde su formalización
Importe
23.000,00 € más IVA
Contraprestación anual de la AIReF a la Abogacía General del Estado, más IVA, pagada en tres partes

Puntos clave

  1. La AIReF paga 23.000,00 € al año más IVA, en tres pagos cuatrimestrales
  2. Incluye asesoramiento jurídico y representación y defensa en juicio
  3. No se presta si hay intereses contrapuestos entre la AIReF y el Estado
  4. Vigencia de dos años, prorrogable como máximo dos más mediante adenda
  5. Sustituye al convenio anterior de octubre de 2024

Importes

23.000,00 € más IVA

Contraprestación anual de la AIReF a la Abogacía General del Estado, más IVA, pagada en tres partes

la cantidad anual de veintitrés mil euros (23.000,00 €) más IVA

Plazos

Duración del convenio, prorrogable como máximo dos años más por acuerdo expreso antes de su fin

El presente convenio tiene una duración de dos años. Sin embargo, podrá prorrogarse como máximo por dos años más

Inscripción del convenio en el Registro Electrónico estatal desde su formalización

en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización

Publicación en el BOE desde su formalización

será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado»

Entrada en vigor

Resulta eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.