Miércoles, 14 de octubre de 2026BOE núm. 255 · 269 publicaciones · 108 explicadas · días anteriores
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La Agencia de Administración Digital cede a la AECID su aplicación de registro GEISER

Se publica el convenio por el que la Agencia Estatal de Administración Digital (AEAD) pone a disposición de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) la aplicación GEISER para gestionar sus registros de entrada y salida. La AECID paga una contribución económica por el uso del servicio. Dura cuatro años y puede prorrogarse otros cuatro.

Lo que tienes que saber

Plazo
Un mes
El anticipo del 10 % se ingresa en un mes desde la entrada en vigor del convenio, dentro del mismo año natural
Importe
6.000,00 €
Anticipo por operaciones preparatorias (año 2026)

Puntos clave

  1. La AEAD da a la AECID la aplicación GEISER y el servicio en la nube para sus registros oficiales de entrada y salida.
  2. La AECID paga un anticipo de 6.000 € y cuatro cuotas anuales de 13.500 €.
  3. El convenio dura cuatro años y es prorrogable por otros cuatro.
  4. La AECID da el primer nivel de soporte; la AEAD mantiene y mejora la aplicación.
  5. Si la AECID no paga, la AEAD suspende el servicio.

Importes

6.000,00 €

Anticipo por operaciones preparatorias (año 2026)

6.000,00 (anticipo por operaciones preparatorias)
13.500,00 €

Cada una de las cuatro cuotas anuales de mantenimiento (2027 a 2030)

13.500,00 (1.ª cuota de mantenimiento)
60.000 euros

Contribución económica total por los cuatro años de vigencia

la contribución económica total por todo el periodo de vigencia del mismo es el cuádruple de la ya citada contribución anual: 60.000 euros
15.000 euros

Contribución anual estimada según el uso declarado por la AECID (19.000 asientos registrales)

estima un total de 19.000 asientos registrales y un organismo de servicio en GEISER, lo que, de conformidad con el anexo I, supone una contribución anual de 15.000 euros

Plazos

El anticipo del 10 % se ingresa en un mes desde la entrada en vigor del convenio, dentro del mismo año natural

Este ingreso del 10 % del total se realizará en el plazo máximo de un mes desde la fecha en que el convenio entre en vigor

Cada cuota anual de mantenimiento se ingresa en el plazo máximo de un mes desde el fin del periodo de ejecución de doce meses

Cada una de las cuotas anuales de mantenimiento se ingresarán en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de finalización del periodo de ejecución

Duración del convenio, prorrogable por otros cuatro años

este convenio tiene una duración de cuatro años prorrogable por otros cuatro

Entrada en vigor

Eficaz una vez inscrito en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización; después se publica en el BOE.
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.