# Rechazan el recurso de Agroinversión Los Tarantos: Coín no inicia el expediente de finca

> La Dirección General rechaza el recurso de Agroinversión Los Tarantos, SL y confirma que el registrador de Coín no inicie el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria. Las dudas sobre la ubicación de la finca 20.481 son serias: la referencia catastral aportada no corresponde a la finca. La empresa puede pedir un nuevo expediente con la referencia catastral que consintió en una escritura de subsanación.

- Fuente oficial: [Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Coín, por la que se deniega la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por dudas en la identidad de la finca, basadas en localización dudosa de la finca registral.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21419) (BOE-A-2026-21419, BOE núm. 255 de miércoles, 14 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Lo que dicen los registradores · Ámbito: Coín (Málaga) (Andalucía)
- A quién afecta: Jurista, Empresa
- Temas: Justicia, Vivienda
- Plazo principal: Dos meses: Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil (juicio verbal), desde su notificación

## Qué tienes que hacer

La empresa puede instar un nuevo expediente del artículo 199 con la georreferenciación de la referencia catastral que consintió en la escritura de subsanación. Quien esté legitimado puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil.

## Puntos clave

- Pierde la empresa recurrente: se desestima el recurso y se confirma la nota del registrador.
- El lindero norte registral no coincide con el catastral, lo que impide saber a qué colindantes notificar.
- La superficie catastral (3.819 m²) supera en más del 10% la registral (2.000 m²).
- Una escritura de subsanación de 2012 cambió la referencia catastral a la parcela 83 del polígono 20.
- Podrá pedir un nuevo expediente con la georreferenciación de la referencia catastral que consintió.

## Plazos

- **Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil (juicio verbal), desde su notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de dos meses desde su notificación»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/14/d/BOE-A-2026-21419). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
