Miércoles, 14 de octubre de 2026BOE núm. 255 · 269 publicaciones · 108 explicadas · días anteriores
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Energía autoriza una batería de 19,96 MW junto a una planta solar en Alcázar de San Juan

La Dirección General de Política Energética y Minas concede a Ictio Solar Berenice, SL la autorización administrativa previa para un módulo de baterías de ion-litio. Se unirá a la planta fotovoltaica existente «FV Ictio Alcázar III» en Alcázar de San Juan (Ciudad Real). Es solo la primera autorización: faltan la de construcción y otros permisos.

A quién afecta:Empresa

Qué tienes que hacer

El promotor debe solicitar la autorización de construcción y justificar en tres meses si las condiciones imponen reducir la potencia autorizada. Puede pedir prórrogas con motivos justificados. Quien quiera recurrir puede presentar recurso de alzada en un mes.

Plazo
Un mes
Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

Puntos clave

  1. Módulo de baterías de ion-litio de 19,96 MW y 40 MWh, con 11 contenedores.
  2. La instalación híbrida con la planta solar de 47,19 MW queda en 67,15 MW de potencia instalada.
  3. Incluye líneas subterráneas a 30 kV y un centro de seccionamiento; el resto de la evacuación ya tiene otras autorizaciones.
  4. Debe cumplir el informe de impacto ambiental y las condiciones aceptadas durante la tramitación.
  5. Si no pide la autorización de construcción en tres meses, la autorización caduca, aunque se pueden pedir prórrogas.

Plazos

Plazo del promotor para justificar si las condiciones reducen la potencia y solicitar la autorización de construcción; si no lo hace, la autorización caduca

antes de transcurridos tres meses, el promotor deberá justificar si los condicionados impuestos en el IIA y en la presente resolución suponen o no una reducción de la potencia instalada autorizada

Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca
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