# Un real decreto da 709.500 € al Comité Olímpico para deporte en centros de migraciones

> Un real decreto del Ministerio de Inclusión concede directamente, sin convocatoria pública, una subvención al Comité Olímpico Español. El dinero financia actividades deportivas y de sensibilización contra el racismo para las personas que viven en centros públicos de migraciones y en colegios.

- Fuente oficial: [Real Decreto 831/2026, de 14 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Comité Olímpico Español para contribuir a la promoción de la práctica del deporte en los centros de la red pública de centros de migraciones y la integración de sus personas residentes en la sociedad española.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21454) (BOE-A-2026-21454, BOE núm. 256 de jueves, 15 de octubre de 2026)
- Tipo: Real Decreto · Sección: Ayudas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: ONG o asociación, Administración
- Temas: Ayudas y subvenciones, Cultura y deporte, Igualdad y servicios sociales
- Plazo principal: Quince días: Plazo para que el Comité Olímpico Español presente la documentación, desde la entrada en vigor

## Qué tienes que hacer

El Comité Olímpico Español debe presentar en el registro electrónico del Ministerio la memoria deportiva, el presupuesto, la declaración responsable y la autorización para consultar certificados, en quince días desde la entrada en vigor.

## Puntos clave

- Subvención directa de 709.500 € al Comité Olímpico Español, pagada de una sola vez por adelantado.
- Eje práctico: charlas de deportistas, clases y material deportivo en centros de migraciones y colegios.
- Eje de difusión: campañas en COETv, el programa «El Pebetero» y redes sociales.
- Las actividades pueden ejecutarse hasta el 31 de octubre de 2027 y justificarse hasta el 31 de enero de 2028.
- Si no se cumple lo previsto, habrá que devolver el dinero; incumplir la publicidad supone reintegrar el 5 %.

## Plazos

- **Plazo para que el Comité Olímpico Español presente la documentación, desde la entrada en vigor**. Texto del BOE: «disponiendo el Comité Olímpico Español de un plazo de quince días para presentar la documentación»
- **Resolución de concesión y notificación, desde la entrada en vigor**. Texto del BOE: «en el plazo máximo de seis meses, contados desde la entrada en vigor del presente real decreto»
- **Fin del período de ejecución de las actividades** (31 de octubre de 2027). Texto del BOE: «hasta el 31 de octubre de 2027»
- **Fin máximo del período de justificación** (31 de enero de 2028). Texto del BOE: «su justificación se extenderá como máximo hasta el 31 de enero de 2028»

## Importes

- **709.500 €**: Dotación total de la subvención. Texto del BOE: «setecientos nueve mil quinientos euros (709.500 €)»
- **409.500 €**: Eje I: actuación práctica. Texto del BOE: «Actuación práctica. 409.500»
- **300.000 €**: Eje II: difusión y sensibilización. Texto del BOE: «Difusión y sensibilización. 300.000»

## Entrada en vigor

«El mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/15/d/BOE-A-2026-21454). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
