# Convenio entre Interior y Asansull para plazas de trabajos en beneficio de la comunidad

> Instituciones Penitenciarias y la asociación Asansull, que atiende a personas con discapacidad en el Campo de Gibraltar, firman un convenio. La asociación ofrecerá plazas para que los condenados cumplan penas de trabajos en beneficio de la comunidad. El convenio no tiene coste económico para ninguna de las partes.

- Fuente oficial: [Resolución de 8 de octubre de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Asansull, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21511) (BOE-A-2026-21511, BOE núm. 256 de jueves, 15 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Campo de Gibraltar (Cádiz) (Andalucía)
- A quién afecta: ONG o asociación, Administración, Jurista
- Temas: Justicia, Igualdad y servicios sociales, Defensa e interior
- Plazo principal: Cuatro años: Duración del convenio, prorrogable por otros cuatro años por acuerdo expreso y por escrito

## Puntos clave

- Asansull ofrece plazas a penados a trabajos en beneficio de la comunidad, sin que afecten a sus puestos de trabajo
- El trabajo del penado no se paga y no crea relación laboral
- Interior cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los penados
- Asansull debe comunicar ausencias, bajo rendimiento e incumplimientos
- Vigencia de cuatro años, prorrogable por otros cuatro

## Plazos

- **Duración del convenio, prorrogable por otros cuatro años por acuerdo expreso y por escrito**. Texto del BOE: «La vigencia de este convenio será de cuatro años.»

## Entrada en vigor

«Eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles, en el Registro Electrónico Estatal de órganos e instrumentos de cooperación del Sector Público Estatal»

---
Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/15/d/BOE-A-2026-21511). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
