# Autorizan a EDistribución desviar una línea eléctrica por la A-68 en Mallén y Cortes

> La Dirección General de Política Energética y Minas concede a EDistribución Redes Digitales la autorización previa y la de construcción de una variante de línea de media tensión desde la subestación de Cortes. La obra se hace porque la nueva carretera A-68 afecta a la línea actual. Afecta a los términos de Mallén (Zaragoza) y Cortes (Navarra).

- Fuente oficial: [Resolución de 16 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a EDistribución Redes Digitales, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto «Variante de media tensión desde SET Cortes», en Mallén (Zaragoza) y Cortes (Navarra).](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21516) (BOE-A-2026-21516, BOE núm. 256 de jueves, 15 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Mallén (Zaragoza) y Cortes (Navarra) (Aragón)
- A quién afecta: Empresa, Administración
- Temas: Energía, Transporte
- Plazo principal: Un mes: Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, desde el día siguiente a la notificación

## Qué tienes que hacer

Quien tenga interés legítimo puede presentar recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía. El titular debe comunicar la terminación de las obras y desmantelar la línea en desuso.

## Puntos clave

- Se autoriza una variante de media tensión desde la subestación Cortes por la construcción de la A-68.
- Incluye una línea soterrada de 176 m y dos tramos aéreos de 43 m y 67 m, a 13 kV.
- Se debe desmantelar la línea que quede fuera de uso y acreditarlo ante el órgano competente.
- La autorización de explotación debe emitirse en dieciocho meses desde la notificación.
- Contra la resolución cabe recurso de alzada en un mes ante la Secretaría de Estado de Energía.

## Plazos

- **Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, desde el día siguiente a la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución»
- **Plazo para emitir la autorización de explotación, desde la notificación de la resolución**. Texto del BOE: «El plazo para la emisión de la autorización de explotación será de dieciocho meses, contados a partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente resolución.»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/15/d/BOE-A-2026-21516). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
