# Real decreto da 50.000 € a la Fundación Minería y Vida para sostenibilidad minera

> Un real decreto del Ministerio para la Transición Ecológica concede de forma directa 50.000 euros a la Fundación Minería y Vida. El dinero financia una campaña de concienciación sobre las materias primas minerales y buenas prácticas de sostenibilidad en la industria minera.

- Fuente oficial: [Real Decreto 830/2026, de 14 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Minería y Vida para el impulso de la sostenibilidad en la industria de las materias primas minerales.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21526) (BOE-A-2026-21526, BOE núm. 257 de viernes, 16 de octubre de 2026)
- Tipo: Real Decreto · Sección: Ayudas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: ONG o asociación, Empresa
- Temas: Ayudas y subvenciones, Medio ambiente, Economía y empresa
- Plazo principal: Quince días: Presentación de la solicitud por la fundación desde la entrada en vigor del real decreto

## Qué tienes que hacer

La Fundación Minería y Vida debe presentar su solicitud con la declaración responsable y la memoria en el registro electrónico del Ministerio en un máximo de quince días desde la entrada en vigor.

## Puntos clave

- La subvención es de 50.000 € y se concede directamente, sin convocatoria pública.
- Financia una memoria de sostenibilidad, dos guías voluntarias, convenios voluntarios y acciones formativas.
- Los gastos son elegibles desde el 10 de marzo de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027.
- El pago se hace por adelantado; la justificación se presenta como máximo tres meses después del 31 de marzo de 2027.
- La fundación debe pedir la subvención en 15 días desde la entrada en vigor.

## Plazos

- **Presentación de la solicitud por la fundación desde la entrada en vigor del real decreto**. Texto del BOE: «en el plazo máximo de quince días desde la entrada en vigor de este real decreto»
- **Resolución de concesión desde la entrada en vigor**. Texto del BOE: «que se dictará en un plazo no superior a los seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto»
- **Presentación de la cuenta justificativa tras el fin del período de elegibilidad**. Texto del BOE: «en un plazo no superior a tres meses a contar desde el 31 de marzo de 2027»
- **Fin del período de elegibilidad del gasto** (31 de marzo de 2027). Texto del BOE: «desde el 10 de marzo de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027»

## Importes

- **50.000 €**: Cuantía de la subvención a la Fundación Minería y Vida. Texto del BOE: «cincuenta mil euros (50.000 €)»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/16/d/BOE-A-2026-21526). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
