# Energía rechaza la planta solar Bordecorex Norte en Soria por caducar su conexión a la red

> La Dirección General de Política Energética y Minas desestima la solicitud de Biovent Energía para construir una instalación fotovoltaica de 44,199 MW junto al parque eólico Bordecorex Norte, en Soria. El motivo es que los permisos de acceso y conexión a la red caducaron al no obtenerse a tiempo la declaración de impacto ambiental. El expediente se archiva.

- Fuente oficial: [Resolución de 9 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Biovent Energía, SA, de autorización administrativa previa y autorización de construcción de la instalación fotovoltaica Bordecorex Norte, de 44,199 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico Bordecorex Norte, de 44,35 MW de potencia instalada, en la provincia de Soria.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21603) (BOE-A-2026-21603, BOE núm. 257 de viernes, 16 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Soria (Castilla y León)
- A quién afecta: Empresa, Jurista
- Temas: Energía, Medio ambiente
- Plazo principal: Un mes: Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente al de la notificación

## Qué tienes que hacer

Biovent Energía puede presentar recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.

## Puntos clave

- Se desestima la autorización administrativa previa y de construcción de la planta fotovoltaica Bordecorex Norte.
- Los permisos de acceso y conexión caducaron el 10 de mayo de 2026 por no lograr a tiempo la declaración de impacto ambiental.
- Sin esos permisos, la ley impide otorgar la autorización de una instalación de generación.
- El promotor no respondió al trámite de audiencia y el expediente PEol-FV-152 se archiva.
- Cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en un mes.

## Plazos

- **Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente al de la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/16/d/BOE-A-2026-21603). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
