Viernes, 16 de octubre de 2026BOE núm. 257 · 217 publicaciones · 70 explicadas · días anteriores
← Portada Resolución · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Ocaña y Ontígola (Toledo)

Energía autoriza baterías de 176,44 MW junto a la planta solar Tagus 2 en Toledo

La Dirección General de Política Energética y Minas autoriza a Khons Sun Power, SL a construir un sistema de baterías de ion-litio de 176,44 MW. Se une a la planta fotovoltaica Tagus 2 en Ocaña y Ontígola (Toledo) y usa la evacuación eléctrica ya autorizada.

A quién afecta:Empresa

Qué tienes que hacer

El promotor puede pedir la extensión del plazo para la autorización de explotación en un plazo no superior a tres meses desde la autorización de construcción. Quien quiera recurrir puede presentar recurso de alzada en un mes.

Plazo
Un mes
Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

Puntos clave

  1. Autorización previa y de construcción en una sola resolución para Khons Sun Power, SL.
  2. Baterías de ion-litio de 176,44 MW y 661,98 MWh, unidas a la planta solar de 224,4 MW.
  3. Evacuará por líneas de 33 kV y las infraestructuras ya autorizadas hasta la subestación Arganda 220 kV.
  4. No se recibieron alegaciones en la información pública.
  5. Cabe recurso de alzada en un mes ante la Secretaría de Estado de Energía.

Plazos

Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca

Solicitud de extensión del plazo para el hito de explotación, desde la obtención de la autorización de construcción; la autorización de explotación definitiva no puede superar el 31 de diciembre de 2030

en un plazo no superior a tres meses desde la obtención de la presente autorización administrativa de construcción
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.