# Autorizan a Red Eléctrica a repotenciar la línea de 400 kV Tajo de la Encantada–Litoral

> La Dirección General de Política Energética y Minas concede a Red Eléctrica de España las autorizaciones previa y de construcción para repotenciar (aumentar la capacidad de) una línea eléctrica aérea de 400 kV en Málaga, Granada y Almería. La obra se divide en cinco tramos y consiste sobre todo en recrecer apoyos existentes. Debe cumplir las condiciones de la declaración de impacto ambiental.

- Fuente oficial: [Resolución de 16 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución «Repotenciación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV Tajo de la Encantada–Archidona–Caparacena–Huéneja–Tabernas–Litoral», en las provincias de Málaga, Granada y Almería.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21606) (BOE-A-2026-21606, BOE núm. 257 de viernes, 16 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Provincias de Málaga, Granada y Almería (Andalucía)
- A quién afecta: Empresa, Administración
- Temas: Energía, Medio ambiente
- Plazo principal: Un mes: Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, desde el día siguiente a la notificación

## Qué tienes que hacer

Red Eléctrica debe ejecutar la obra según el proyecto y las condiciones ambientales, y comunicar la terminación de las obras al órgano provincial competente. Quien tenga interés legítimo puede presentar recurso de alzada.

## Puntos clave

- Se autorizan cinco tramos entre las subestaciones de Tajo de la Encantada, Archidona, Caparacena, Huéneja, Tabernas y Litoral
- La mayor parte de la obra es recrecer torres ya existentes, de 3 a 8,5 metros según el apoyo
- Red Eléctrica debe cumplir las condiciones ambientales de la DIA de 8 de marzo de 2021
- No se tocarán los apoyos 251, 257, 260 y 264 del tramo Caparacena-Huéneja
- Contra la resolución cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en un mes

## Plazos

- **Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, desde el día siguiente a la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución»
- **Plazo para emitir la autorización de explotación, desde la notificación de la resolución**. Texto del BOE: «El plazo para la emisión de la autorización de explotación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente resolución»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/16/d/BOE-A-2026-21606). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
