# Una orden de Ciencia crea el órgano que gestionará el programa Trío de Eclipses 2026-2028

> Una orden del Ministerio de Ciencia crea un órgano formado por varias administraciones y entidades para ejecutar el programa de apoyo al «Trío de Eclipses 2026-2027-2028», declarado acontecimiento de excepcional interés público. Este órgano certificará los gastos que dan derecho a beneficios fiscales a donantes y colaboradores. No supone más gasto público.

- Fuente oficial: [Orden CNU/1093/2026, de 8 de octubre, por la que se crea el órgano interadministrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público «Trío de Eclipses 2026-2027-2028».](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21622) (BOE-A-2026-21622, BOE núm. 258 de sábado, 17 de octubre de 2026)
- Tipo: Orden · Sección: Normas nuevas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Empresa, ONG o asociación, Administración, Cualquier persona
- Temas: Ciencia e innovación, Impuestos, Administración, Cultura y deporte
- Plazo principal: Quince días: Plazo para solicitar certificaciones: quince días después de que termine el acontecimiento

## Qué tienes que hacer

Quien quiera obtener la certificación de donaciones o gastos de publicidad debe presentar una solicitud, en el modelo normalizado, dirigida a la Secretaría General de Investigación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Puede hacerlo en el registro electrónico de su sede electrónica.

## Puntos clave

- Se crea un órgano colegiado adscrito a la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Certificará que los gastos se ajustan al programa; para ello necesita el voto favorable de Hacienda.
- La FECYT hará los actos y actividades y recibirá las donaciones para el programa.
- Las solicitudes de certificación pueden presentarse hasta quince días después de acabar el acontecimiento.
- Si pasan dos meses sin respuesta se entiende cumplido el requisito de la certificación.

## Plazos

- **Plazo para solicitar certificaciones: quince días después de que termine el acontecimiento**. Texto del BOE: «El plazo para la presentación de las solicitudes de expedición de certificaciones terminará quince días después de la finalización del acontecimiento.»
- **Plazo máximo para notificar las certificaciones desde la entrada de la solicitud en el registro**. Texto del BOE: «El plazo máximo en que deben notificarse las certificaciones por parte del órgano colegiado será de dos meses»
- **Extinción del órgano como máximo seis meses después de acabar el programa**. Texto del BOE: «se extinguirá en el plazo máximo de seis meses desde la finalización del programa de apoyo»
- **Duración del programa de apoyo**. Texto del BOE: «desde el 1 de febrero de 2026 hasta el 31 de enero de 2029»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/17/d/BOE-A-2026-21622). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
