# Un real decreto da 30.000 € a la Fundación Círculo de Tecnologías para la Defensa

> Un real decreto del Ministerio para la Transformación Digital concede de forma directa una subvención de 30.000 euros a la Fundación Círculo de Tecnologías para la Defensa y Seguridad. Sirve para pagar jornadas y actividades de 2026 sobre tecnologías de defensa y seguridad. Solo afecta a esta fundación.

- Fuente oficial: [Real Decreto 832/2026, de 14 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Círculo de Tecnologías para la Defensa y Seguridad.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21623) (BOE-A-2026-21623, BOE núm. 258 de sábado, 17 de octubre de 2026)
- Tipo: Real Decreto · Sección: Ayudas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: ONG o asociación, Empresa, Administración
- Temas: Ayudas y subvenciones, Defensa e interior, Tecnología y telecomunicaciones
- Plazo principal: Cinco días hábiles: Solicitud y aceptación expresa de la subvención por la fundación, desde la entrada en vigor

## Qué tienes que hacer

La Fundación Círculo debe solicitar y aceptar expresamente la subvención en cinco días hábiles desde la entrada en vigor, con memoria técnico-económica y declaraciones responsables, y después justificar el gasto.

## Puntos clave

- Subvención directa y excepcional de 30.000 euros, sin convocatoria pública
- Financia cuatro jornadas: 5G, ciberseguridad e IA, divulgación de la SETT y cables submarinos
- Las actuaciones se ejecutan del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026
- La justificación se presenta antes del 1 de abril de 2027 con cuenta justificativa simplificada
- Si hay incumplimientos, hay que devolver total o parcialmente el dinero

## Plazos

- **Solicitud y aceptación expresa de la subvención por la fundación, desde la entrada en vigor**. Texto del BOE: «en el plazo de cinco días hábiles a partir de la entrada en vigor de este real decreto»
- **Plazo máximo para resolver y notificar; sin resolución se entiende desestimada**. Texto del BOE: «El plazo máximo para resolver y notificar será de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto»
- **Periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables** (31 de diciembre de 2026). Texto del BOE: «el comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026»
- **Presentación de la justificación de la subvención** (1 de abril de 2027). Texto del BOE: «deberá presentarse antes del 1 de abril de 2027»

## Importes

- **30.000 €**: Importe de la subvención a la Fundación Círculo. Texto del BOE: «será de treinta mil (30.000) euros»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/17/d/BOE-A-2026-21623). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
