# Energía rechaza el parque eólico Ampliación El Páramo (León) por su impacto ambiental

> La Dirección General de Política Energética y Minas desestima la solicitud de Cefiro Holdco 8, SL para el parque eólico Ampliación El Páramo, de 50,88 MW, en León, y archiva el expediente. Se basa en la declaración de impacto ambiental desfavorable y en la caducidad de los permisos de acceso y conexión a la red.

- Fuente oficial: [Resolución de 9 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Cefiro Holdco 8, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico Ampliación El Páramo, de 50,88 MW, en la provincia de León.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21663) (BOE-A-2026-21663, BOE núm. 258 de sábado, 17 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: León (Castilla y León)
- A quién afecta: Empresa, Administración
- Temas: Energía, Medio ambiente, Economía y empresa
- Plazo principal: Un mes: Plazo para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, contado desde el día siguiente a la notificación

## Qué tienes que hacer

La empresa promotora puede presentar recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación.

## Puntos clave

- Se rechaza la autorización administrativa previa del parque eólico de 50,88 MW en Igüeña, Páramo del Sil y Toreno
- La declaración de impacto ambiental desfavorable es vinculante y motiva la denegación
- Los permisos de acceso y conexión caducaron el 2 de febrero de 2026
- Se archiva el expediente PEol-929 y el promotor no obtiene la autorización
- Cabe recurso de alzada en un mes ante la Secretaría de Estado de Energía

## Plazos

- **Plazo para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, contado desde el día siguiente a la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/17/d/BOE-A-2026-21663). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
