# Una resolución del INSST crea su sede electrónica para hacer trámites por internet

> El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo crea su propia sede electrónica, separada de la del Ministerio de Trabajo. Allí la ciudadanía podrá hacer trámites, consultar información y presentar sugerencias y quejas. Debe empezar a funcionar como máximo seis meses después de publicarse la resolución.

- Fuente oficial: [Resolución de 7 de octubre de 2026, del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., por la que se crea y se regula su sede electrónica.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21668) (BOE-A-2026-21668, BOE núm. 259 de lunes, 19 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Normas nuevas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Cualquier persona, Empresa, Trabajador/a, Administración
- Temas: Administración, Tecnología y telecomunicaciones, Empleo
- Plazo principal: Seis meses: La sede electrónica empezará a operar como máximo seis meses después del día siguiente a la publicación en el BOE

## Puntos clave

- La sede estará en https://sede.insst.gob.es/ y se enlazará desde https://www.insst.es/
- La titularidad corresponde a la Dirección del INSST; la gestión tecnológica, a su Secretaría General
- Ofrecerá verificación de documentos con código seguro, modelos de solicitud y enlace a quejas y sugerencias
- Habrá asistencia por internet, teléfono, 060, correo electrónico y presencial en oficinas
- Los trámites se irán incorporando poco a poco y no supone más gasto público

## Plazos

- **La sede electrónica empezará a operar como máximo seis meses después del día siguiente a la publicación en el BOE**. Texto del BOE: «comenzará a operar en el plazo máximo de seis meses, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado»»

## Entrada en vigor

«Desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/19/d/BOE-A-2026-21668). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
