Lunes, 19 de octubre de 2026BOE núm. 259 · 259 publicaciones · 105 explicadas · días anteriores
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Una resolución convoca por libre designación la Secretaría General del Pleno de Torrent

La Dirección General de la Función Pública publica el extracto de la convocatoria para cubrir, por libre designación, el puesto de Secretario/a General del Pleno del Ayuntamiento de Torrent. Pueden pedirlo funcionarios de administración local con habilitación nacional, subescala de Secretaría, categoría superior.

Qué tienes que hacer

Quien cumpla los requisitos debe dirigir su solicitud al Ayuntamiento de Torrent, con la documentación que acredite los requisitos, en los términos de la convocatoria.

Plazo
Quince días hábiles
Plazo para presentar la solicitud a la corporación convocante, contado desde el día siguiente a la publicación en el BOE
Importe
74.640,30 euros
Complemento específico anual del puesto

Puntos clave

  1. Puesto: Secretario/a General del Pleno del Ayuntamiento de Torrent, por libre designación.
  2. Solo para funcionarios con habilitación nacional, subescala de Secretaría, categoría superior.
  3. Se exige el certificado de valenciano nivel C1 (equivalente a mitjà).
  4. Complemento específico anual: 74.640,30 euros.
  5. Las bases completas se publicaron en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 28 de septiembre de 2026.

Importes

74.640,30 euros

Complemento específico anual del puesto

Complemento específico anual: 74.640,30 euros.

Plazos

Plazo para presentar la solicitud a la corporación convocante, contado desde el día siguiente a la publicación en el BOE

dentro de los quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado»

Plazo para recurso de reposición (potestativo) ante la Dirección General de la Función Pública

recurso de reposición, en el plazo de un mes

Plazo para recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.