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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Mahón (Illes Balears)
Una resolución rechaza inscribir una vivienda por divorcio: hace falta escritura de compraventa
La Dirección General de Seguridad Jurídica desestima el recurso de un hombre divorciado y confirma a la registradora de Mahón. El convenio dice que su exmujer "venderá" su 50% de la vivienda, y eso es solo un compromiso de transmitir, no una transmisión ya hecha. Para inscribir su mitad, deberán otorgar escritura pública.
Qué tienes que hacer
Para inscribir la mitad de la finca, los excónyuges deben otorgar escritura pública de compraventa. Quien esté legitimado puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
Importe
121.633,55 €
Deuda hipotecaria pendiente que asume el exmarido a cambio del 50% de la vivienda
Puntos clave
- Pierde el recurrente: se desestima el recurso y se confirma la calificación negativa de la registradora.
- El convenio usa "venderá" y "venda su 50%": es una obligación de hacer a futuro, no una transmisión.
- El Registro solo inscribe transmisiones reales de derechos, no meros compromisos de transmitir.
- Para inscribir la mitad a favor del exmarido hay que otorgar escritura pública de compraventa.
- Cabe recurso ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.
Importes
121.633,55 €
Deuda hipotecaria pendiente que asume el exmarido a cambio del 50% de la vivienda
siendo en este momento el importe por valor de 121.633,55€
Plazos
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.