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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Paradas (Sevilla)
Registro de Marchena: se rechaza inscribir media finca heredada por sobrinos
La Dirección General confirma la negativa de la registradora de Marchena a inscribir a favor de los herederos de una viuda la mitad de una casa de Paradas. El Registro dice que toda la finca está sujeta a un fideicomiso de residuo. El recurrente pierde, aunque la Dirección señala que podría haber un error en la inscripción original y que se podría corregir por otras vías.
Qué tienes que hacer
Quien quiera discutir la resolución puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil. Para corregir el Registro hace falta acuerdo de los interesados y del registrador, o resolución judicial.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
Puntos clave
- Se desestima el recurso y se confirma la nota de la registradora sobre la finca 25.799 de Paradas.
- El Registro publica el pleno dominio de toda la finca gravado con fideicomiso de residuo (herencia que pasa a otros si queda algo).
- Los asientos registrales están bajo la salvaguardia de los tribunales mientras no se declare su inexactitud.
- Puede haber un error de concepto en la inmatriculación de 2008, pues solo una mitad parece estar gravada.
- Corregirlo exige acuerdo de los interesados y del registrador, o una resolución judicial; no se decide aquí.
Plazos
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.