# Sube a 372,6 millones el gasto en seguros agrarios de 2026 por una adenda

> Enesa y Agroseguro firman una adenda que eleva el límite de gasto del convenio de seguros agrarios de 2026. El aumento se financia con una ampliación de crédito y con el crédito extraordinario para las zonas dañadas por fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura.

- Fuente oficial: [Resolución de 9 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, para la ejecución de los Planes de Seguros Agrarios Combinados en el ejercicio 2026.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21759) (BOE-A-2026-21759, BOE núm. 259 de lunes, 19 de octubre de 2026)
- Tipo: Convenio · Sección: Convenios y acuerdos · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Agricultor/a, Empresa, Administración
- Temas: Agricultura y pesca, Ayudas y subvenciones, Economía y empresa
- Plazo principal: Cinco días hábiles: Inscripción de la adenda en el REOICO, desde su formalización

## Puntos clave

- El límite máximo de gasto de Enesa en 2026 pasa de 315.000.000 € a 372.604.715,87 €.
- El aumento total es de 57.604.715,87 €.
- Incluye una ampliación de crédito de 28.754.715,87 € y un crédito extraordinario de 28.850.000 €.
- El crédito extraordinario sirve para subvencionar más las primas tras los daños meteorológicos en Andalucía y Extremadura.
- La adenda será eficaz al inscribirse en el REOICO, y se publica en el BOE.

## Plazos

- **Inscripción de la adenda en el REOICO, desde su formalización**. Texto del BOE: «inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el REOICO»
- **Publicación en el BOE, desde su formalización**. Texto del BOE: «será publicada, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado»»

## Importes

- **372.604.715,87 €**: Nuevo límite máximo de gasto de Enesa en 2026. Texto del BOE: «un límite máximo de gasto en el ejercicio 2026 de 372.604.715,87 euros»
- **57.604.715,87 €**: Incremento total del límite de gasto. Texto del BOE: «incrementar en 57.604.715,87 euros el límite máximo de gasto»
- **28.754.715,87 €**: Ampliación de crédito aprobada por el Ministro de Hacienda. Texto del BOE: «por un importe de 28.754.715,87 euros»
- **28.850.000 €**: Crédito extraordinario del Real Decreto-ley 5/2026. Texto del BOE: «por importe de 28.850.000 euros»
- **315.000.000 €**: Dotación inicial del convenio. Texto del BOE: «dotación inicial, de 315.000.000 de euros»

## Entrada en vigor

«Será eficaz una vez inscrita en el REOICO, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización.»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/19/d/BOE-A-2026-21759). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
