# Estado y Andalucía resuelven sus discrepancias sobre la Ley de Vivienda andaluza

> El Estado y la Junta de Andalucía acuerdan dar por resueltas las discrepancias sobre varios artículos de la Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía. Andalucía se compromete a modificar algunos artículos y ambas partes pactan cómo interpretar otros conforme a la normativa estatal.

- Fuente oficial: [Resolución de 24 de septiembre de 2026, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 17 de septiembre de 2026, de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21762) (BOE-A-2026-21762, BOE núm. 259 de lunes, 19 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Andalucía (Andalucía)
- A quién afecta: Administración, Empresa, Jurista
- Temas: Vivienda, Administración, Justicia

## Puntos clave

- Varios artículos se interpretarán según la normativa estatal de contratos del sector público.
- Andalucía promoverá cambiar la ley para concretar el libro del edificio y su archivo registral.
- El acuerdo previo de la comunidad de propietarios solo se exigirá cuando lo disponga la norma estatal.
- Se suprimirá la inscripción registral obligatoria para acceder a la actividad en los artículos 49 a 52.
- Los requisitos del artículo 52 serán alternativos: bastará presentar uno.

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/19/d/BOE-A-2026-21762). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
