# Energía aprueba el tipo de equipos de rayos X Gilardoni para inspeccionar bultos

> Una resolución de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética aprueba el tipo de aparato radiactivo de los equipos de rayos X Gilardoni (modelos XE-S y NDT Scanner HP1 y HP2). Fija condiciones de seguridad, etiquetado, documentación y mantenimiento. Afecta al solicitante, Palex Medical, y a quienes usen estos equipos.

- Fuente oficial: [Resolución de 23 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, por la que se autoriza la aprobación de tipo de aparato radiactivo de los equipos generadores de rayos X del fabricante Gilardoni S.p.A, modelos XE-S y familia NDT Scanner en modelos HP1 y HP2.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21765) (BOE-A-2026-21765, BOE núm. 259 de lunes, 19 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Empresa
- Temas: Energía, Economía y empresa
- Plazo principal: Un mes: Recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación

## Qué tienes que hacer

Quien importe o suministre estos equipos debe cumplir las especificaciones de la resolución: marcar cada aparato y ponerle etiqueta, entregar con él el certificado, el manual de operación y el programa de mantenimiento en español, y respetar el límite de 1 μSv/h a 0,1 m de la superficie. Quien los use debe seguir las obligaciones técnicas del certificado, como emplear solo personal designado y hacer el mantenimiento con empresa autorizada.

## Puntos clave

- Aprobación de tipo con número NHM-X406 para equipos de rayos X Gilardoni, destinados a inspeccionar bultos.
- Cada equipo debe llevar marcado indeleble y etiqueta con la palabra «RADIACTIVO» y datos de funcionamiento.
- Debe entregarse certificado, manual de operación y programa de mantenimiento en español, con revisión anual como mínimo.
- La dosis a 0,1 m de la superficie del equipo no debe superar 1 μSv/h.
- No autoriza fabricar, comercializar ni dar asistencia técnica: eso requiere otra autorización.

## Plazos

- **Recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/19/d/BOE-A-2026-21765). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
