# Una resolución declara de utilidad pública la planta solar Vega Solar y su evacuación

> La Dirección General de Política Energética y Minas declara de utilidad pública, en concreto, la planta fotovoltaica Vega Solar de 39,93 MW y su infraestructura de evacuación. Afecta a terrenos de municipios de Guadalajara y Madrid incluidos en el anexo. Esa declaración permite ocupar los bienes y derechos afectados.

- Fuente oficial: [Resolución de 23 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Vega Solar, SLU, la declaración, en concreto, de utilidad pública para la planta fotovoltaica Vega Solar, de 39,93 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Tórtola de Henares, Guadalajara, Chiloeches, y Pozo de Guadalajara (Guadalajara) y Santorcaz, Los Santos de la Humosa y Alcalá de Henares (Madrid).](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21767) (BOE-A-2026-21767, BOE núm. 259 de lunes, 19 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Guadalajara y Madrid (Tórtola de Henares, Guadalajara, Chiloeches, Pozo de Guadalajara, Santorcaz, Los Santos de la Humosa y Alcalá de Henares) (Castilla-La Mancha)
- A quién afecta: Empresa, Administración, Cualquier persona
- Temas: Energía, Medio ambiente, Administración
- Plazo principal: Un mes: Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

## Qué tienes que hacer

Quien quiera impugnar la resolución puede interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes.

## Puntos clave

- Planta fotovoltaica Vega Solar de 39,93 MW y su infraestructura de evacuación.
- Afecta a Tórtola de Henares, Guadalajara, Chiloeches y Pozo de Guadalajara, en Guadalajara.
- También afecta a Santorcaz, Los Santos de la Humosa y Alcalá de Henares, en Madrid.
- El anexo lista las parcelas afectadas; quedan fuera las que el promotor ya controla con título jurídico válido.
- Cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en un mes.

## Plazos

- **Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)**. Texto del BOE: «puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/19/d/BOE-A-2026-21767). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
