# Pesca vuelve a repartir días sobrantes a los arrastreros del Mediterráneo en 2026

> La Secretaría General de Pesca publica los días de pesca sobrantes de la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo para 2026. Se reparten entre los buques que ya no tienen días suficientes hasta el 31 de diciembre, para que puedan seguir faenando.

- Fuente oficial: [Resolución de 16 de octubre de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2026 la cantidad disponible de días de pesca del mecanismo de optimización por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21852) (BOE-A-2026-21852, BOE núm. 260 de martes, 20 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Mediterráneo (flota española de arrastre)
- A quién afecta: Empresa, Trabajador/a
- Temas: Agricultura y pesca
- Plazo principal: Un mes: Plazo para interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación

## Qué tienes que hacer

Los armadores afectados deben consultar en Gestcuotas los días asignados. Si no están de acuerdo, pueden presentar recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en un mes.

## Puntos clave

- El anexo I fija 1.815 días disponibles en total, divididos en cuatro grupos de esfuerzo pesquero.
- Se reparten a buques sin días suficientes según su peso en el reparto inicial del 90 % de los días.
- Las cantidades se actualizan cada dos semanas, o antes si hace falta, en la aplicación Gestcuotas.
- Los días se pueden convertir entre segmentos de eslora y entre pesquerías con los ratios de las órdenes citadas.
- Cabe recurso de alzada ante el Ministro en el plazo de un mes.

## Plazos

- **Plazo para interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/20/d/BOE-A-2026-21852). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
