# Autorizan a Red Eléctrica un compensador síncrono en la subestación Brovales, Badajoz

> La Dirección General de Política Energética y Minas autoriza a Red Eléctrica de España ampliar la subestación Brovales de 400 kV con un compensador síncrono y su posición asociada, en Jerez de los Caballeros. La obra es urgente y forma parte del plan para reforzar la resiliencia de la red eléctrica.

- Fuente oficial: [Resolución de 23 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación Brovales, en el parque de 400 kV, mediante la instalación de un compensador síncrono y su posición asociada, en Jerez de los Caballeros (Badajoz).](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21857) (BOE-A-2026-21857, BOE núm. 260 de martes, 20 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Jerez de los Caballeros (Badajoz) (Extremadura)
- A quién afecta: Empresa, Administración
- Temas: Energía, Economía y empresa
- Plazo principal: Un mes: Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación

## Qué tienes que hacer

Red Eléctrica debe cumplir las condiciones del anexo, obtener las demás autorizaciones necesarias y comunicar la terminación de las obras al órgano provincial. Se puede presentar recurso de alzada en un mes.

## Puntos clave

- Se concede en un solo acto la autorización previa y la de construcción.
- El compensador síncrono tendrá 250 MVA de potencia nominal y 6 segundos de inercia.
- Se ubicará en la calle 1 de la subestación, que ya está en servicio.
- No se presentaron alegaciones en la información pública.
- La autorización de explotación debe emitirse en 24 meses desde la notificación.

## Plazos

- **Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación**. Texto del BOE: «en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución»
- **Plazo para emitir la autorización de explotación, desde la notificación**. Texto del BOE: «El plazo para la emisión de la autorización de explotación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente resolución.»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/20/d/BOE-A-2026-21857). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
