Martes, 20 de octubre de 2026BOE núm. 260 · 256 publicaciones · 69 explicadas · días anteriores
← Portada Resolución · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Lugo y A Coruña

Energía acepta que Greenalia retire su solicitud del parque eólico Nordés en Lugo y A Coruña

La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento de Greenalia Wind Power Nordés, que retira su solicitud de autorización previa para el parque eólico Nordés (67,2 MW) y su infraestructura de evacuación. El expediente se archiva porque la empresa no va a pedir el permiso de acceso y conexión a la red.

A quién afecta:Empresa

Qué tienes que hacer

Quien quiera recurrir puede presentar recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes.

Plazo
Un mes
Recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)
Importe
2.912.000 euros
Primera garantía (seguro de caución) cuya devolución solicitó el promotor

Puntos clave

  1. Se acepta el desistimiento de Greenalia Wind Power Nordés, SLU, y se archiva el expediente PEol-334
  2. El parque eólico Nordés tendría 67,2 MW de potencia y estaría en las provincias de Lugo y A Coruña
  3. La empresa no va a solicitar acceso y conexión, y sin ese permiso no se puede otorgar la autorización previa
  4. La empresa había pedido la devolución de dos garantías de 2.912.000 euros cada una; esta resolución no decide sobre ellas
  5. Cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes

Importes

2.912.000 euros

Primera garantía (seguro de caución) cuya devolución solicitó el promotor

por valor de 2.912.000 euros
2.912.000 euros

Segunda garantía (seguro de caución) cuya devolución solicitó el promotor

por valor de 2.912.000 euros

Plazos

Recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.