# Energía acepta que Greenalia retire su solicitud del parque eólico Nordés en Lugo y A Coruña

> La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento de Greenalia Wind Power Nordés, que retira su solicitud de autorización previa para el parque eólico Nordés (67,2 MW) y su infraestructura de evacuación. El expediente se archiva porque la empresa no va a pedir el permiso de acceso y conexión a la red.

- Fuente oficial: [Resolución de 25 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se acepta el desistimiento formulado por Greenalia Wind Power Nordés, SLU, de la solicitud de autorización administrativa previa del parque eólico «Nordés», de 67,2 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Lugo y A Coruña.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21859) (BOE-A-2026-21859, BOE núm. 260 de martes, 20 de octubre de 2026)
- Tipo: Resolución · Sección: Y además · Ámbito: Lugo y A Coruña (Galicia)
- A quién afecta: Empresa
- Temas: Energía, Medio ambiente
- Plazo principal: Un mes: Recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)

## Qué tienes que hacer

Quien quiera recurrir puede presentar recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes.

## Puntos clave

- Se acepta el desistimiento de Greenalia Wind Power Nordés, SLU, y se archiva el expediente PEol-334
- El parque eólico Nordés tendría 67,2 MW de potencia y estaría en las provincias de Lugo y A Coruña
- La empresa no va a solicitar acceso y conexión, y sin ese permiso no se puede otorgar la autorización previa
- La empresa había pedido la devolución de dos garantías de 2.912.000 euros cada una; esta resolución no decide sobre ellas
- Cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes

## Plazos

- **Recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación (el último que se produzca)**. Texto del BOE: «puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca»

## Importes

- **2.912.000 euros**: Primera garantía (seguro de caución) cuya devolución solicitó el promotor. Texto del BOE: «por valor de 2.912.000 euros»
- **2.912.000 euros**: Segunda garantía (seguro de caución) cuya devolución solicitó el promotor. Texto del BOE: «por valor de 2.912.000 euros»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/20/d/BOE-A-2026-21859). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
