# Una orden de Economía crea un consejo público-privado contra el blanqueo de capitales

> Una orden del Ministerio de Economía crea el Consejo Nacional contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la de armas de destrucción masiva. Es un grupo de trabajo donde las autoridades y las empresas obligadas a prevenir el blanqueo (bancos, abogacía, etc.) intercambian información y proponen mejoras. Sus informes no obligan a nadie.

- Fuente oficial: [Orden ECM/1101/2026, de 16 de octubre, por la que se crea y regula el Consejo Nacional para la Prevención del Blanqueo de Capitales, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21952) (BOE-A-2026-21952, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Orden · Sección: Normas nuevas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Empresa, Administración, Jurista, Sanitario/a
- Temas: Economía y empresa, Administración, Defensa e interior, Justicia
- Plazo principal: Un mes: El Consejo debe constituirse como máximo un mes después de que la orden produzca efectos

## Puntos clave

- Es un órgano asesor adscrito a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.
- El Pleno incluye vocales permanentes de la Administración y vocales no permanentes del sector privado, con mandato de 2 años renovable.
- Se podrán crear un comité ejecutivo de hasta diez miembros y comisiones técnicas.
- El Pleno se reúne al menos una vez al año; sus informes no son preceptivos ni vinculantes.
- No supone aumento del gasto público ni indemnizaciones por asistir a las sesiones.

## Plazos

- **El Consejo debe constituirse como máximo un mes después de que la orden produzca efectos**. Texto del BOE: «El Consejo se constituirá en el plazo máximo de un mes desde que esta orden produzca efectos.»

## Entrada en vigor

«La presente orden ministerial producirá efectos desde el momento de su firma.»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-21952). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
