# Un real decreto de Sanidad amplía y ajusta las ayudas del Plan Veo para gafas infantiles

> Un real decreto de Sanidad modifica las ayudas del Plan Veo para que menores de hasta 16 años puedan comprar gafas, lentes y lentes de contacto. Amplía el presupuesto y el plazo hasta el 31 de diciembre de 2027, y aclara qué productos se subvencionan y los requisitos para pedir la ayuda.

- Fuente oficial: [Real Decreto 853/2026, de 21 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 902/2025, de 7 de octubre, por el que se establecen las normas reguladoras para la prestación de sistemas de ayuda visual a personas menores de edad de hasta dieciséis años.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21953) (BOE-A-2026-21953, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Real Decreto · Sección: Ayudas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Familia, Estudiante, Empresa, Sanitario/a
- Temas: Sanidad, Ayudas y subvenciones
- Plazo principal: Tres meses: Plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento por incumplimiento de una óptica adherida, desde el acuerdo de inicio

## Qué tienes que hacer

Las familias de menores de hasta 16 años que necesiten gafas o lentes pueden pedir la ayuda en las ópticas adheridas, con DNI, documento de derecho a asistencia sanitaria pública y prescripción o informe sanitario si procede.

## Puntos clave

- El importe total de las ayudas pasa a 141.450.000 € y el plazo de compra se alarga hasta el 31 de diciembre de 2027.
- La ayuda máxima sigue siendo de 100 € con IVA por producto: montura con lentes graduadas, lentes graduadas o lentes de contacto.
- Las lentes de contacto y su solución de mantenimiento cubren hasta un año, según decida el profesional de óptica u oftalmología.
- Entre una ayuda y la siguiente debe pasar un año (365 días) para las ayudas de 2026, 2027 y 2028.
- Si una óptica incumple, Sanidad abre un expediente con audiencia y puede excluirla del programa hasta dos años.

## Plazos

- **Fin del plazo para adquirir los sistemas de ayuda visual (o antes si se agota el presupuesto)** (31 de diciembre de 2027). Texto del BOE: «el 31 de diciembre de 2027, o en su caso, hasta la fecha de agotamiento de las disponibilidades presupuestarias, si ésta es anterior»
- **Plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento por incumplimiento de una óptica adherida, desde el acuerdo de inicio**. Texto del BOE: «en un plazo máximo de tres meses, desde la fecha del acuerdo de iniciación»

## Importes

- **141.450.000 €**: Importe total de las ayudas. Texto del BOE: «ciento cuarenta y un millones cuatrocientos cincuenta mil euros (141.450.000 €)»
- **100 €**: Cuantía máxima por persona beneficiaria, IVA incluido. Texto del BOE: «hasta una cuantía máxima de cien euros (100 €), con IVA incluido»
- **1.000.000 €**: Importe máximo subvencionable en 2025. Texto del BOE: «El importe máximo subvencionable para 2025 será de un millón de euros (1.000.000 €)»
- **70.225.000 €**: Importe máximo subvencionable en 2026. Texto del BOE: «setenta millones dos cientos veinticinco mil euros (70.225.000 €)»
- **70.225.000 €**: Importe máximo subvencionable en 2027. Texto del BOE: «El importe máximo subvencionable para el ejercicio de 2027 será de setenta millones dos cientos veinticinco mil euros (70.225.000 €)»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-21953). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
