# Un real decreto de Ciencia aprueba el nuevo Estatuto del Estudiantado Universitario

> Un real decreto del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades aprueba el nuevo Estatuto, que fija derechos y deberes de todo el estudiantado universitario, público y privado, presencial y virtual. Sustituye al estatuto de 2010 y se adapta a la Ley Orgánica 2/2023 del Sistema Universitario. Las universidades tendrán que adaptar sus normas y crear servicios y protocolos.

- Fuente oficial: [Real Decreto 855/2026, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiantado Universitario.](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21955) (BOE-A-2026-21955, BOE núm. 262 de jueves, 22 de octubre de 2026)
- Tipo: Real Decreto · Sección: Normas nuevas · Ámbito: Estatal
- A quién afecta: Estudiante, Cualquier persona, Administración, Funcionario/a
- Temas: Educación, Administración, Igualdad y servicios sociales
- Plazo principal: Tres meses: Las universidades envían al Ministerio la designación de sus representantes estudiantiles

## Qué tienes que hacer

Las universidades deben aprobar los tres protocolos en seis meses y adaptar sus normas y servicios en doce meses desde la entrada en vigor. Deben designar a sus representantes en el Consejo de Estudiantes en tres meses.

## Puntos clave

- Deroga el Real Decreto 1791/2010 y aprueba un estatuto de 64 artículos y 17 capítulos
- Nuevos derechos: orientación socioprofesional y atención psicológica y de salud mental, gratuita y accesible
- Las universidades deben tener protocolos contra conductas suicidas, acoso sexual y ciberacoso, y bullying
- Garantiza al menos dos convocatorias por asignatura, revisión de notas y reclamación ante otro órgano
- Regula el Consejo de Estudiantes Universitario del Estado, las prácticas, la movilidad y las asociaciones alumni

## Plazos

- **Las universidades deben tener aprobados y vigentes los protocolos de conductas suicidas, acoso sexual y acoso personal**. Texto del BOE: «en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este»
- **Las universidades deben adaptar sus normativas y servicios afectados por el Estatuto**. Texto del BOE: «Las universidades dispondrán de doce meses desde la entrada en vigor de este real decreto»
- **La Comisión Permanente del Consejo de Estudiantes elabora el proyecto de reglamento interno**. Texto del BOE: «en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este Estatuto»
- **Convocatoria de la sesión constitutiva del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado**. Texto del BOE: «en el plazo máximo de cuatro meses naturales desde la entrada en vigor de este Estatuto»
- **Las universidades envían al Ministerio la designación de sus representantes estudiantiles**. Texto del BOE: «en un plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de este Estatuto»

## Entrada en vigor

«El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»»

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Resumen hecho con IA por BOE Fácil (https://boefacil.com/2026/10/22/d/BOE-A-2026-21955). No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el publicado en el BOE.
