Un real decreto da 1,3 millones a cinco entidades para mujeres migrantes en Ceuta
Un real decreto del Ministerio de Igualdad concede de forma directa subvenciones a cinco entidades. Con ellas atenderán a mujeres y niñas víctimas de violencia, trata o explotación sexual en la crisis migratoria de Ceuta. La dotación total máxima es de 1.345.584,83 euros.
Qué tienes que hacer
Las cinco entidades beneficiarias (MZC, Cruz Roja, Cruz Blanca, Médicos del Mundo y CEAR) reciben la subvención por concesión directa, sin convocatoria pública. Deben realizar las actuaciones previstas en el real decreto y ajustarse a sus condiciones y plazos de ejecución y justificación.
Puntos clave
- Cinco entidades reciben la ayuda: MZC, Cruz Roja, Cruz Blanca, Médicos del Mundo y CEAR.
- Dotación total máxima de 1.345.584,83 euros; el pago es anticipado, sin garantía.
- Gastos subvencionables entre el 1 de agosto de 2026 y el 28 de febrero de 2027.
- Se crea una unidad multidisciplinar temporal dirigida por la Delegación del Gobierno en Ceuta.
- Pueden subcontratar hasta el 20 % y justificar con cuenta justificativa o informe de auditor.
Importes
Dotación total máxima
su dotación total ascenderá a 1.345.584,83 euros como máximo
Asociación Mujeres en Zona de Conflicto
por un importe total de 418.758,06 euros
Cruz Roja Española
por un importe total de 209.018,49 euros
Fundación Cruz Blanca
por importe total de 45.838,24 euros
Médicos del Mundo
por un importe total de 185.234,14 euros
CEAR
por un importe total de 486.735,90 euros
Máximo para gastos de auditoría por entidad
hasta un máximo de 1.500 euros por entidad beneficiaria
Plazos
Presentar la solicitud de subvención desde la entrada en vigor del real decreto
en el plazo máximo de diez días hábiles desde dicha entrada en vigor
Plazo para resolver y notificar la concesión
será de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto
Periodo de ejecución de las actividades
entre el 1 de agosto de 2026, fecha de inicio de la crisis humanitaria en Ceuta, y el 28 de febrero de 2027, ambos incluidos
Ampliación posible del plazo de ejecución
hasta el 31 de mayo de 2027
Presentar la cuenta justificativa tras acabar la ejecución
en el plazo de tres meses desde la finalización del período de ejecución
Entrada en vigor
El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»