Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Un real decreto da 1,3 millones a cinco entidades para mujeres migrantes en Ceuta

Un real decreto del Ministerio de Igualdad concede de forma directa subvenciones a cinco entidades. Con ellas atenderán a mujeres y niñas víctimas de violencia, trata o explotación sexual en la crisis migratoria de Ceuta. La dotación total máxima es de 1.345.584,83 euros.

Qué tienes que hacer

Las cinco entidades beneficiarias (MZC, Cruz Roja, Cruz Blanca, Médicos del Mundo y CEAR) reciben la subvención por concesión directa, sin convocatoria pública. Deben realizar las actuaciones previstas en el real decreto y ajustarse a sus condiciones y plazos de ejecución y justificación.

Plazo
Diez días hábiles
Presentar la solicitud de subvención desde la entrada en vigor del real decreto
Importe
1.345.584,83 €
Dotación total máxima

Puntos clave

  1. Cinco entidades reciben la ayuda: MZC, Cruz Roja, Cruz Blanca, Médicos del Mundo y CEAR.
  2. Dotación total máxima de 1.345.584,83 euros; el pago es anticipado, sin garantía.
  3. Gastos subvencionables entre el 1 de agosto de 2026 y el 28 de febrero de 2027.
  4. Se crea una unidad multidisciplinar temporal dirigida por la Delegación del Gobierno en Ceuta.
  5. Pueden subcontratar hasta el 20 % y justificar con cuenta justificativa o informe de auditor.

Importes

1.345.584,83 €

Dotación total máxima

su dotación total ascenderá a 1.345.584,83 euros como máximo
418.758,06 €

Asociación Mujeres en Zona de Conflicto

por un importe total de 418.758,06 euros
209.018,49 €

Cruz Roja Española

por un importe total de 209.018,49 euros
45.838,24 €

Fundación Cruz Blanca

por importe total de 45.838,24 euros
185.234,14 €

Médicos del Mundo

por un importe total de 185.234,14 euros
486.735,90 €

CEAR

por un importe total de 486.735,90 euros
1.500 €

Máximo para gastos de auditoría por entidad

hasta un máximo de 1.500 euros por entidad beneficiaria

Plazos

Presentar la solicitud de subvención desde la entrada en vigor del real decreto

en el plazo máximo de diez días hábiles desde dicha entrada en vigor

Plazo para resolver y notificar la concesión

será de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto
28 feb 2027

Periodo de ejecución de las actividades

entre el 1 de agosto de 2026, fecha de inicio de la crisis humanitaria en Ceuta, y el 28 de febrero de 2027, ambos incluidos
31 may 2027

Ampliación posible del plazo de ejecución

hasta el 31 de mayo de 2027

Presentar la cuenta justificativa tras acabar la ejecución

en el plazo de tres meses desde la finalización del período de ejecución

Entrada en vigor

El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
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